Se ha aprobado en el Congreso de los Diputados la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, las organizaciones de autónomos de España como la UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos), reivindican que los trabajadores autónomos deben cotizar en función de los ingresos netos, articulando un referente de ingresos de acuerdo con los efectivos del ejercicio anterior. Aquellos autónomos que coticen por debajo de 9.000 euros anuales (límite del salario mínimo), quedarían exentos de pagar pero tendrían que registrarse para que las Administraciones públicas pudieran controlar sus ingresos ya que actualmente, se desconoce la información de muchos autónomos colaboradores que no tienen obligación de declarar.
Se ha elaborado el proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2017 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, denominado régimen de módulos. Desde 2016 se redujo de forma importante para el sector del transporte de mercancías por carretera el límite máximo para poder continuar acogido a dicho régimen, quedando establecido un límite de facturación anual en el año anterior de 125.000 euros, siempre que su facturación se realice en más de un 50% a empresas o profesionales.
En lo que se refiere al sector del transporte en sus diferentes subsectores, la novedad para este año es que aquellos transportistas autónomos que facturen más de 75.000 euros a lo largo de este año 2017 no podrán continuar acogidos a dicho régimen a partir de 2018. Por lo demás, en el proyecto de Orden de módulos para 2017 se mantienen idénticos los importes de que se aplican este año 2016, así como el límite máximo de vehículos de transporte para poder continuar acogido a dicho régimen (4 vehículos para transporte de mercancías y 5 vehículos en el caso de transporte de viajeros en autobús). Ahora bien, el proyecto de Orden establece lo siguiente: En el IRPF está prevista una reducción general en el rendimiento neto de un 5% aplicable tanto en el año 2016 como en 2017, en el Transporte de mercancías es de 10.090,99 euros de personal no asalariado, 2.728,59 euros de personal asalariado y 126,21 de carga del vehículo. En el IVA, se mantienen también los mismos módulos que en 2016, en las actividades de transporte de mercancías, es 4.149,99 euros de personal empleado y 388,55 de carga del vehículo y en el transporte de mercancías de residuos, 1948,64 de personal empleado y 181,58 de carga del vehículo.
Se quiere encontrar una solución que no excluya a este colectivo de su actual régimen tributario, por lo que se está en contacto con los actores públicos y privados para intentar paralizar los cambios previstos en el actual sistema de módulos que, supondría que prácticamente todos los profesionales que trabajan con vehículos pesados, queden excluidos de este tipo de cotización. La política del Ministerio de Fomento es la de desatomizar el sector del transporte terrestre, lo que viene a ser un eufemismo que en realidad esconde su intención de expulsar a los autónomos. Esta medida tiene consecuencias que afectan a la supervivencia del sector, por lo que por parte de los profesionales, se busca una prórroga en su aplicación de cara a los presupuestos de 2018, mediante la aplicación de una moratoria.
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