Dentro de los contratos accesorios de la navegación marítima, junto con el de gestión naval, practicaje y manipulación portuaria, se regula el contrato de consignación. Esta tipología contractual, no exenta de polémica, ha sido objeto de estudio desde siempre, existiendo interpretaciones diversas a lo largo del tiempo sobre el grado de responsabilidad que puede llegar a asumir su figura principal, el consignatario de buques.