El Operador Económico Autorizado (OEA), regulado en el Código Aduanero Comunitario y sus reglamentos de aplicación, es un reconocimiento (mediante la expedición de un certificado) otorgado por las autoridades aduaneras al alcance de los agentes económicos intervinientes en la logística del comercio internacional, como son fabricantes, exportadores, importadores, almacenistas, distribuidores, agentes de aduanas, transitarios o transportistas, entre otros. Se diferencia del resto de operadores por revestir las transacciones de una mayor seguridad, lo cual genera confianza para Adunas, que se apoya través de los OEA para conseguir el comercio legal, y ello se evidencia en las ventajas de las que disfrutan estos intervinientes.
MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS EN MATERIA ADUANERA
El Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero y el Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regula supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Tributaria (AEAT), han sido modificados por el Real Decreto 285/2014, de 25 de abril de 2014.