Han sido aprobados los Presupuestos Generales del Estado con 176 votos, por tanto, después de casi medio año de incertidumbre y espera, las medidas incluidas en la Nueva Ley de Autónomos verán la luz. La cuota de autónomos es un porcentaje que se calcula sobre la base de cotización como trabajador, estas tienen mínimo y un máximo que cada año establece el Gobierno. Su importe condiciona las prestaciones que puede recibir un autónomo en situaciones de desempleo, baja por enfermedad, baja por accidente y muy especialmente en caso de jubilación, lo que obliga a planificar la cuota. Por ello, es conveniente conocer las novedades más significativas que se introducen con la aprobación de los Presupuestos.
A saber, la Orden de Cotización para 2017 había establecido una base mínima de cotización al RETA para 2017 de 893,10 euros y una máxima de 3.751,20 euros mensuales tras los incrementos de este año. No obstante, con la inminente publicación de la Ley de los Presupuestos Generales del Estado para el presente año la congelación de cantidades en la cotización para el colectivo de autónomos ha llegado a su fin esperándose un incremento del 3% mensual (8 euros más al mes), que situará la base mínima de cotización al RETA en 919,80 euros mensuales. En definitiva, la cantidad a abonar pasará a ser de 275 euros mensuales (prácticamente 100 euros anuales más).
Respecto de los autónomos societarios, tendrán una base mínima de cotización para el ejercicio siguiente igual a la correspondiente para los trabajadores encuadrados en el grupo de cotización 1 del Régimen General. Se incluyen dentro de la definición los que ejercen funciones de dirección y gerencia que conlleven el desempeño del cargo de consejero o administrador o que presten otros servicios para una sociedad de capital, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo de esta. Se entenderá, en todo caso, que se produce tal circunstancia cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la tercera parte del capital social (la cuarta parte si desempeña funciones de gerencia o la mitad si está en posesión de familiares directos).
Una de las ventajas es que la tarifa plana de cincuenta euros al mes para nuevos autónomos (que hasta ahora era de 6 meses), pasará a estar disponible durante 12 meses. Aquellos que quieran volver a reemprender, podrán acogerse a esta deducción cuando pasen al menos dos años, y no cinco como estaba estipulado hasta ahora. Inicialmente sólo se aplicaba a menores de treinta años pero desde finales de septiembre de 2013 se amplió a todos los nuevos autónomos que cumplieran los requisitos necesarios.
Asimismo, las mujeres autónomas podrán beneficiarse bonificando el 100% de la cuota que abonaban el último mes anterior al inicio del descanso por maternidad. Y aquellas que hayan sido madres, también tendrán una bonificación del 100% en la cuota por contingencias comunes al reincorporarse a la actividad profesional, en los dos años siguientes a la fecha del parto.
Es muy conveninete revisar las bases de cara al futuro, la mayoría de los autónomos aumenta su base de cotización al cumplir los 47 años, con el objetivo de cotizar más y, de esta forma, incrementar su pensión. No obstante, la libertad de elección de base de cotización se restringe a partir de esta edad y sólo es posible incrementarla de forma gradual conforme a los límites establecidos cada año.
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