Son malos momentos para Lionel Messi, ha sido rechazado por completo su recuro y el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó a Messi y a su padre a 21 meses de cárcel por tres delitos fiscales en los ejercicios de los años 2007 a 2009, en los que dejó de ingresar más de cuatro millones de euros a las arcas públicas al no haber tributado en España los ingresos de 10,1 millones percibidos por los derechos de imagen.
El tribunal de instancia consideró probado que desde el año 2005, el delantero del FC Barcelona ocultó sus ingresos procedentes por los derechos de imagen bajo una falsa cesión de los mismos a sociedades radicadas en países que permitían la opacidad. La Audiencia de Barcelona consideró que los acusados “eludieron el pago de los ingresos percibidos por los derechos de imagen de Leo Messi, mediante una compleja maniobra negocial que no tenía más finalidad que ocultar a la Hacienda Pública los ingresos generados y quien era el verdadero perceptor de los mismos”.
El abogado de la familia mantuvo en el juicio oral celebrado en junio de 2016 en Barcelona que Leo Messi no estaba al tanto de estos detalles porque solo se dedicaba a jugar al fútbol, había confiado sus obligaciones con Hacienda a su padre y este a sus asesores. Por su parte, Jorge Messi le respaldó y cargó contra sus asesores fiscales. La Fiscalía solo acusaba al padre, ya que consideraba que había montado por su cuenta la estructura societaria para eludir el pago del IRPF mediante el uso de sociedades en paraísos fiscales (Belice y Uruguay) sin que su hijo la consintiera o la conociera. La Abogacía del Estado acusaba a ambos y pedía una pena de prisión de 22 meses y 15 días para cada uno. La Audiencia de Barcelona, sin embargo, sostuvo en su sentencia que Lionel actuó con “ignorancia deliberada” dijeron los magistrados que se trata de un “desconocimiento evitable” y condenó al futbolista a siete meses de prisión por cada año en el que la Justicia entiende que defraudó a Hacienda y a pagar una multa de cerca de dos millones de euros. Jorge Messi, fue castigado con la misma pena de cárcel, mientras que su multa ascendió a 1,5 millones.
Ahora, el Supremo ratifica este argumento y tumba uno a uno todos los motivos alegados por el delantero para recurrir y ello porque a tenor de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Messi debe imputar rentas por derechos de imagen ya que cede la explotación comercial de los derechos a una persona o entidad tercera, que a su vez los cede al club. Si bien, esta circunstancia es muy habitual en los futbolistas, en la práctica, provoca graves conclictos tributarios. Existe una imputación cuando ocurren las siguientes circunstancias: Debe ser permitida por el futbolista; el deportista debe prestar servicios en el marco de una relación laboral; el club debe haber obtenido la autorización para el consentimiento de esos derechos y, los rendimientos del trabajo obtenidos deben ser inferiores al 85 por 100 de la suma de dichos rendimientos del trabajo y el importe total satisfecho por el club o la sociedad anónima deportiva en concepto de cesión de derechos de imagen a la cesionaria.
Mesi tiene su residencia habitual en territorio español por lo que tributa en España y los importes defraudados se corresponden con rentas por cesión de derechos de imagen que, en el caso del futbolista deben imputarse en la base imponible sin exclusión, pero un cúmulo de circunstancias entre las que se encuentra en primer lugar el mal asesoramiento, han hecho que el futbolista tenga que pagar muy caro sus errores. No puede negarse que él es culpable de su fraude fiscal, pues el delito es cometido porque eligió de forma incorrecta en quien confiar la gestión de sus intereses.
La elección del profesional que debe representar al futbolista es delicada porque la persona del representante debe actuar con la diligencia y profesionalidad debida y más aún cuando no es una mera representación futbolística sino que se lleva a cabo de forma integral y para todos los asuntos vinculados con el representado. La figura de la representación va más allá de la búsqueda de un club, el representante debe velar por el futbolista en todos los ámbitos y actuar preventivamente mediante un asesoramiento continuo que no sobrepase los límites legales, para poder anticiparse a las situaciones y evitar los problemas, pues estos puedan dañar la imagen profesional y personal del jugador.
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