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Derecho penal y criminalidad corporativa

Derecho penal y criminalidad corporativa

En Bufete Carrasco estamos especializados en la defensa o acusación frente a los delitos que se cometen en el ámbito empresarial y del transporte marítimo: estafas, corrupción, administración desleal, insolvencias punibles, contaminación, contrabando y tráficos ilícitos (drogas, personas, armas, residuos, etc.), delitos fiscales, etc.

Además, somos expertos en compliance penal para personas jurídicas, normalmente empresas, para la implantación de sistemas de gestión de prevención de delitos en las organizaciones y la exención de responsabilidad de la empresa.

En España, desde 2010, a las empresas se les puede imponer penas específicas por los delitos que cometan sus trabajadores, directivos o socios en beneficio directo o indirecto de la empresa. La persona jurídica puede eximirse o atenuar la pena, si tiene implantado un plan de prevención del delito adecuado y eficaz, antes de que se hubiera cometido éste.

La responsabilidad penal de las personas jurídicas, en especial de las empresas, puede suponer que se le impongan, tanto durante la instrucción del procedimiento, como definitivamente en sentencia, una serie de medidas o penas.

  • Disolución de la persona jurídica.
  • Suspensión de actividades (hasta 5 años).
  • Clausura de locales o establecimientos (hasta 5 años).
  • Prohibición de realizar determinadas actividades, de forma temporal (hasta 15 años) o definitiva.
  • Multa proporcional o por cuotas.
  • Inhabilitación para obtener incentivos fiscales, subvenciones o ayudas públicas, o contratar con el sector público (hasta 15 años).
  • Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o los acreedores (hasta 5 años).

SISTEMAS DE CUMPLIMIENTO PENAL

En nuestro bufete nos hemos especializado en el diseño e implantación de sistemas de cumplimiento penal (criminal compliance) para la prevención de delitos y la demostración legal de la existencia de una verdadera cultura ética empresarial.

  • Conforme a los requisitos legales del art. 31.bis.2 Código Penal.
  • Metodología conforme a UNE-ISO 19600:2015 y otras normas ISO aplicables.
  • Canal Ético on-line, en servidores de Bufete Carrasco Abogados, de alta seguridad que garantiza la confidencialidad de los denunciantes y del contenido de la denuncia.
  • Software on-line de gestión documental, en servidores propios de Bufete Carrasco Abogados, que registra las versiones y sello del tiempo (timestamp) de la documentación y actuaciones del sistema de prevención de delitos.
  • Impartición de la formación necesaria a los diferentes niveles de responsabilidad en la empresa.
  • Asistencia a los comités de compliance, comités éticos y compliance officers a la hora de decidir actuaciones concretas, especialmente con respecto a denuncias presentadas a través del canal ético.
  • Defensa en calidad de testigo-perito ante cualquier órgano jurisdiccional, del sistema de prevención del delito de nuestros clientes, para acreditar ante la autoridad judicial que corresponda, el compromiso de la entidad con el cumplimiento de la implantación de una cultura de prevención de delitos.