NUMERO DE LICENCIAS POR EQUIPOS Y LOS REQUISITOS DE LAS PLANTILLAS ATENDIENDO A LA EDAD DE LOS JUGADORES
Los equipos de fútbol en España deben tener unas plantillas máximas condicionadas en algunos casos por la edad, como en segunda división b y tercera división, así también por el número de estranjeros que pueden conformar las plantillas, en este artículo nos centraremos en el número máximo de jugadores, teniendo especial consideración a la edad, a saber:
PRIMERA DIVISIÓN: Podrán obtener hasta un máximo de veinticinco licencias de futbolistas en su primer equipo, sin ninguna condición de edad.
SEGUNDA DIVISIÓN:Podrán obtener hasta un máximo de veinticinco licencias de futbolistas en su primer equipo, sin ninguna condición de edad.
SEGUNDA “B”: Cada plantilla puede tener un máximo de veintidós futbolístas, de los cuales, no podrán tener más de dieciséis mayores de veintitrés años, viniendo de suyo que el resto, seis, deben ser Sub-23.
En la campaña 2017/18 se considerará Sub-23 al jugador nacido antes del 1 de enero de 1995.
TERCERA DIVISIÓN: Cada plantilla puede tener un máximo de veintidós futbolístas, de los cuales, no podrán tener más de dieciséis mayores de veintitrés años vieniendo de suyo que el resto, seis, deben ser Sub-23.
En la campaña 2017/18 se considerará Sub-23 al jugador nacido antes del 1 de enero de 1995.
Todo ello, conforme al artículo 121 del Reglamento General de la Real Federación Española de Fútbol, que transcribimos seguidamente:
“Artículo 121. Número de licencias por equipos.
Los clubes de Primera, Segunda División podrán obtener hasta un máximo de veinticinco licencias de futbolistas en su primer equipo.
Tratándose de clubes de Segunda “B”, Tercera División el número máximo de los futbolistas de su plantilla será de veintidós, de entre los cuales no podrá haber más de dieciséis mayores de 23 años debiendo ser el resto menores de la citada edad, computándose las altas y bajas que se pudieran producir a lo largo de la temporada, de tal forma que la plantilla nunca pueda estar compuesta por mas de dieciséis futbolistas mayores de 23 años. En lo que atañe a los clubesde Segunda División “B” deberán disponer con carácter obligatorio de un número mínimo de seis licencias “P”, desde que finalice el primer plazo de inscripciones hasta final de temporada, siendo este un requisito de participación en la competición.
El requisito del número de licencias anteriormente dispuesto podrá ser dispensado, en su caso, y bajo circunstancias absolutamente excepcionales acreditadas por la Comisión de Clubes de Segunda División“B”, cuya resolución será definitiva y ejecutiva a todos los efectos.
En todo caso, estas solicitudes sólo podrán ser admitidas hasta un mes antes del inicio de la competición oficial.
[…]
4. Las edades a las que se refiere el presente artículo se entenderán referidas al día 1º de enero de la temporada de que se trate.
[…]”
Son malos momentos para Lionel Messi, ha sido rechazado por completo su recuro y el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó a Messi y a su padre a 21 meses de cárcel por tres delitos fiscales en los ejercicios de los años 2007 a 2009, en los que dejó de ingresar más de cuatro millones de euros a las arcas públicas al no haber tributado en España los ingresos de 10,1 millones percibidos por los derechos de imagen.
La cesión se regula en el artículo 11.1 del Real Decreto 1006/1985, determinando que: «… durante la vigencia de un contrato los clubes o entidades deportivas podrán ceder temporalmente a otros los servicios de un deportista profesional, con el consentimiento expreso de éste». Los requisitos que exige esta definición determinan el inicio, la duración, los sujetos y la voluntariedad, de otro modo no estaríamos hablando de una cesión legal. El incumplimiento de una exigencia sustancial, en derecho administrativo supone una sanción administrativa para la empresa cedente y cesionaria y en derecho laboral, es contemplada en el Estatuto de los Trabajadores de forma que no comporte minoración de derechos para el trabajador.
Cese de relaciones con agentes, intermediarios, representantes y clubes. El Valencia CF ha anunciado mediante un Comunicado de fecha de hoy que cesará las relaciones con todos aquellos agentes que promuevan la salida de jugadores de su cantera, así como que actuará contra los clubes que colaboren con este tipo de prácticas con los representantes.
Una de las principales fuentes de ingresos de los deportistas profesionales, clubes deportivos y entidades organizadoras es la comercialización y explotación de los derechos de imagen, el patrocinio deportivo y los derechos audiovisuales. Son medios que financian el deporte ya que generan ingresos importantes para los deportistas y los clubes. Se trata de formas de explotación económica que en muchos casos alcanzan casi el cincuenta por ciento de los ingresos por temporada para sus titulares y este porcentaje sigue incrementando con el auge de la tecnología digital.
El contrato de representación de futbolistas menores con el intermediario.- En todo lo que rodea al futbol existen una ingente cantidad de figuras que entran en acción (jugadores, padres, intermediarios, entrenadores, clubes, etc.). Todas estas relaciones con los distintos actores s preciso regularlas, lo cual se debe hacer mediante la firma de los correspondientes contratos. Así tenemos , por ejemplo un jugador de fútbol menor de edad que destaca y se desata un inusitado interés de importantes clubes de fútbol profesional. Ante esta situación, tanto los padres como el jugador deberían abstenerse e hacerse cargo personalmente de la representación del jugador y acudir sin más dilación a contratar los servicios de un intermediario, no cualquiera, si no uno registrado en la Real Federación Española de futbol (en adelante RFEF), y que reuna las características técnicas, profesionales y personales que entiendan más adecuadas para la representación y defensa de los intereses del jugador, es decir uno que les inspire confianza, ya que a partir de este momento, el designado será quien defina, seleccione y negocie con los diferentes clubes interesados, hasta seleccionar uno y con este terminar la negociación de todas y cada una de las condiciones del contrato entre jugador y club.
Los intermediarios, representantes de futbolistas. La representación de los menores.- Niños que cuentan con tan solo ocho años ya tienen representante. Se les exige y se auto imponen unas responsabilidades y obligaciones que ni ellos mismos alcanzan a comprender, lo cual les genera ansiedad e inseguridad, es más, no les queda otro remedio que madurar rapidísimamente, como no tienen experiencia, ni vivencias, lo que hacen es comportarse de manera igual que los profesionales (sus ídolos). Incluso cuando llegan a los campos de juego, se comportan y se dirigen a sus compañeros, a los contrarios y a sus entrenadores de forma totalmente impropia de su edad, algunos de ellos, atienden a la prensa con un discurso recitado, al acabar sus partidos. Conviven en residencias con otros elementos como ellos, futuribles promesas futbolísticas, presumen de su estatus y su soberbia es desmedida.
2017-04-21 10:44:21
PREVIA: Duelo entre Sevilla que lucha por ser tercero y Granada necesitado de milagro Previa:
Sevilla, 20 abr (EFE): El Ramón Sánchez Pizjuán acoge este viernes un duelo andaluz entre dos equipos obligados a ganar por objetivos muy dispares, pues ni el Sevilla ni el Granada pueden fallar para seguir en su lucha por la tercera plaza y para continuar creyendo en el milagro que necesita para salvarse, respectivamente.
Sevilla y Granada dirimen un choque marcado por la necesidad y las urgencias, mucho mayores para los rojiblancos porque las consecuencias serían más graves en caso de empate o derrota, ya que ambos conjuntos se juegan gran parte de sus bazas para alcanzar sus retos contrapuestos y también aclarar su futuro más inmediato.
Uno de los puntos más controvertidos y que generan mayores problemas cuando hablamos de futbolistas menores de edad, es el derecho de retención de futbolistas que tienen los clubes, cuando éstos deciden marcharse a otro club, por cualquier razón. Ocurre sobre todo en categorías inferiores, donde la figura de los representantes y abogados con competencia y solvencia es casi inexistente.
La Federación Catalana de Fútbol sancionará los insultos en redes a partir de la temporada 2017-2018.