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Author Archive Andrea

Otro año mas sin Corredor Mediterráneo

A las puertas del nuevo ejercicio son muchas las promesas sin cumplir, el Corredor Mediterráneo es un ejemplo. Surgió como una infraestructura que posibilita viajar de una forma mas rápida conectando todo el litoral mediterráneo con la alta velocidad, mediante una doble vía desde Algeciras hasta Francia para conectar España con Europa. Con esta obra, se pretenden conseguir grandes beneficios como mejorar la competitividad de la economía del arco mediterráneo; impulsar el turismo; aumentar el comercio internacional y la internacionalización de la economía española; contribuir a un desarrollo económico más sostenible a través de la reducción de la contaminación y de las emisiones de gases de efecto invernadero; o mejorar las conexiones de los puertos y aeropuertos del Mediterráneo y sus zonas logísticas e industriales con sus respectivas áreas de influencia de la Unión Europea y con los países vecinos. Sin embargo, el Corredor Mediterráneo es aún un proyecto incompleto e irregular. Indiscutiblemente, tratándose de una obra necesaria para el desarrollo económico, no pueden permitirse mayores demoras en la ejecución de ciertos tramos de la infraestructura y la finalización de otros. El ejecutivo no puede aquietarse ante la demanda justificada del Corredor Mediterráneo. Es necesario dar soluciones y plazos de finalización serios ya que se trata de una prioridad inexcusable.

Novedades legales en carretera a tener en cuenta en 2018

El próximo año trae como novedad la entrada en vigor del Real Decreto 563/2017 de 2 de junio, por el que se regulan las inspecciones técnicas en carretera de los vehículos industriales que circulan en territorio español, tanto de transporte de mercancías como de viajeros, incorporando a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2000/30/CE de 6 de junio de 2000, relativa a las inspecciones técnicas en carretera de los vehículos comerciales que circulan en la Comunidad.

Prestige, mas cerca de la indemnización

Antecedentes

En 2013 la Audiencia Provincial de A Coruña dictó sentencia en el caso Prestige. Resolvía imponiendo una pena para el capitán por desobediencia y cerraba la puerta al cobro de indemnizaciones por no llevar aparejada indemnización este delito.

Dicha resolución fue recurrida ante el Tribunal Supremo, que en 2015 la modificó parcialmente y abrió la puerta a la vía de la responsabilidad civil al condenar al capitán, Apostolos Ioannis Mangouras, a dos años de prisión por un delito medioambiental, propiciando la reclamación de daños a la aseguradora del buque, como eventual responsable civil. Se mantuvo en cambio la absolución del exdirector de la Marina Mercante José Luis López-Sors (único político del Gobierno imputado) y al jefe de máquinas, Nikolaos Argyropoulos.

Hechos

La Audiencia Provincial de A Coruña ha fijado mediante Auto de Ejecución una indemnización de más de 1.600 millones de euros por los daños ocasionados en la catástrofe medioambiental que ocasionó la rotura del petrolero. La mayor cuantía, 1.573 millones, corresponde al Estado español por los daños patrimoniales, medioambientales y morales, a la Xunta de Galicia 1,8 millones y a Francia 61 millones de euros, además de las sumas que se fijan para otras entidades, ayuntamientos y particulares. En relación al Estado, la Sala determina que el daño patrimonial acreditado es de 931 millones de euros, cantidad a la que suma un 30% por daño medioambiental (279 millones de euros). Los magistrados entienden que a esta cifra hay que añadirle otro 30% por daño moral indemnizable (363 millones de euros), lo que arroja un total de 1.573 millones. El auto de ejecución de la sentencia, recoge una cuantía muy inferior a la que la Fiscalía estableció en el juicio.

¿A dónde vamos a llegar?

Como muchos de los conflictos internacionales se desarrollan lejos de nuestro estado y no nos salpican directamente, parece que no entrañan la gravedad que revisten. Sin embargo, los enfrentamientos bélicos están destruyendo por completo estados y poblaciones, la situación internacional es insostenible y desde nuestro campo de maniobra nos limitamos a ser espectadores de paso que han normalizado una odisea insufrible para otros. En esta ocasión, me tomo la libertad de invitaros a reflexionar sobre la crisis internacional, cada uno por el motivo que elija, bien sea por conciencia humanitaria, o de otro modo (un tanto egoísta y natural a la vez), porque aunque no lo parezca a todos nos afecta de alguna manera.

Consecuencias en el transporte y las infraestructuras catalanas

Los efectos originados por el proceso independentista son muchísimos. Centrando aquí la atención en los que afectan al transporte de mercancías, cabe señalar que la expectación e incertidumbre en la que se encuentra el tejido empresarial catalano, ha puesto en alerta las inversiones del Puerto de Barcelona para mejorar el tráfico portuario, pero sobretodo para intentar abrirse un hueco en el mercado de tráfico de contenedores con la capital del país, en la entrada y salida de mercancías de Madrid y la zona centro. La mayor parte de las mercancías de origen o destino marítimo que se transportan por ferrocarril se canalizan a través del Puerto de Seco de Coslada, conectada directamente con los puertos de Valencia, Algeciras, Barcelona y Bilbao.

¿Cuándo existe falso flete?

La Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima (LNM), en su artículo 203, cuando define el contrato de fletamento establece que, “Por el contrato de transporte marítimo de mercancías, también denominado fletamento, se obliga el porteador, a cambio del pago de un flete, a transportar por mar mercancías y entregarlas al destinatario en el puerto o lugar de destino”. Mediante este contrato de transporte, el porteador contrae numerosas obligaciones (puesta a disposición del buque, realización del viaje o deber de custodia y entrega de la mercancía). Ahora bien, el fletador debe cumplir con la presentación de la totalidad de la carga para su embarque, cumpliendo con las características previamente descritas y por supuesto, debe pagar el flete, que es el precio por el transporte marítimo de la carga desde el puerto de origen al de destino.

Mejor prevenir que curar

Se ha abierto una investigación a siete personas como presuntos responsables de la intoxicación alimentaria por histamina de 105 consumidores de atún comprado en estado fresco-descongelado a una empresa de Almería. El procedimiento empezó en mayo después de que la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) realizara una alerta sanitaria. Se imputan: un delito contra la salud pública con productos alimenticios, otro de falsedad documental y otro relativo a los consumidores. Andalucía, Murcia, Valencia, Cataluña, Aragón, Castilla y León, Madrid y País Vasco fueron algunas de la comunidades afectadas pero la intoxicación llegó también a otros países como Alemania, Francia, Italia y Portugal.

No es sólo agua

El agua de lastre utilizada para mantener la estabilidad y la integridad estructural en los buques puede contener miles de microbios acuáticos, algas y animales, que se transportan por todos los océanos del mundo y se descargan en otros ecosistemas, que no son sus ecosistemas nativos. La expansión del comercio y el volumen del tráfico han aumentado las posibilidades de que se descarguen especies invasivas y de introducir nuevas especies con consecuencias devastadoras para el ecosistema local.

DERECHOS DE LOS PASAJEROS EN EL TRANSPORTE MARÍTIMO

El Reglamento 1177/2010, de 24 de noviembre, regula el régimen de los pasajeros navegando por mar y por vías navegables cuyo puerto de embarque pertenece a un estado miembro de la Unión Europea. El texto, establece una serie de derechos mínimos de los pasajeros que utilizan servicios de pasaje cuyo puerto de embarque esté situado en el territorio de un Estado miembro con servicios de pasaje explotados por transportistas de la Unión, desde un puerto situado en un país tercero hasta un puerto situado en un Estado miembro en un crucero cuyo puerto de embarque esté situado en el territorio de un Estado miembro. Se trata, por tanto, de una regulación importante cuando accedemos a estos servicios de transporte, muy frecuentes sobre todo en estas fechas.

El transporte terrestre en la nueva Ley de Autónomos

Se ha aprobado en el Congreso de los Diputados la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, las organizaciones de autónomos de España como la UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos), reivindican que los trabajadores autónomos deben cotizar en función de los ingresos netos, articulando un referente de ingresos de acuerdo con los efectivos del ejercicio anterior. Aquellos autónomos que coticen por debajo de 9.000 euros anuales (límite del salario mínimo), quedarían exentos de pagar pero tendrían que registrarse para que las Administraciones públicas pudieran controlar sus ingresos ya que actualmente, se desconoce la información de muchos autónomos colaboradores que no tienen obligación de declarar.